El Decreto 128 de 2024, expedido por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), introduce modificaciones importantes en la forma en que se calcula el impuesto a las ganancias ocasionales para la venta de inmuebles en Colombia.
¿Qué es la ganancia ocasional?
La ganancia ocasional se refiere a la utilidad obtenida por la venta de un activo fijo, como un inmueble, que se ha poseído durante más de dos años. Esta ganancia está sujeta a un impuesto, cuya tasa varía según el tipo de activo y la condición del contribuyente.
¿Qué cambios introduce el Decreto 128 de 2024?
Los principales cambios introducidos por el Decreto 128 de 2024 son los siguientes:
- Ajuste del costo fiscal: Se establece un nuevo método para ajustar el costo fiscal de los inmuebles, con el fin de reflejar la inflación y determinar de manera más precisa la ganancia real obtenida por la venta.
- Tasa de impuesto: La tasa general del impuesto a las ganancias ocasionales para la venta de inmuebles se mantiene en el 10% para personas naturales. Sin embargo, se aumenta al 20% para las ganancias derivadas de loterías, rifas, apuestas y similares.
- Exenciones: Se amplía la exención del impuesto para la venta de vivienda principal, pasando de 7.700 UVT a 13.000 UVT para el año gravable 2023. También se aumenta la exención para la porción conyugal, herencia o legado, de 3.490 UVT a 3.250 UVT.
¿Qué impacto tiene el Decreto 128 de 2024 en la venta de inmuebles en Medellín?
El impacto del Decreto 128 de 2024 en la venta de inmuebles en Medellín dependerá de varios factores, como el año en que se adquirió el inmueble, el valor de venta y la condición del contribuyente.
En general, se espera que el nuevo método para ajustar el costo fiscal tenga un efecto positivo para los propietarios, ya que permitirá reducir la base gravable del impuesto y, por ende, el valor del impuesto a pagar. Sin embargo, es importante tener en cuenta que la tasa de impuesto para las ganancias derivadas de loterías, rifas, apuestas y similares se ha duplicado, lo que podría afectar a un segmento específico de vendedores.
¿Qué deben hacer los propietarios de inmuebles en Medellín?
Se recomienda a los propietarios de inmuebles en Medellín que consulten con un experto en impuestos para determinar el impacto del Decreto 128 de 2024 en su caso particular. El experto podrá asesorarlos sobre la mejor manera de calcular la ganancia ocasional, aplicar las exenciones y cumplir con sus obligaciones fiscales.
¿Cómo evadir la ganancia ocasional?
A continuación, se presentan algunas estrategias legales que pueden ayudarte a reducir o eliminar el pago del impuesto a las ganancias ocasionales por la venta de inmuebles en Medellín:
1. Venta a largo plazo:
Si es posible, retrasa la venta de tu inmueble hasta que haya cumplido el tiempo mínimo de posesión para que se considere una ganancia ocasional exenta. En Colombia, este tiempo es de cinco años para inmuebles urbanos y de diez años para inmuebles rurales.
2. Reinversión en otra vivienda:
Si utilizas el dinero de la venta para comprar otra vivienda principal dentro de los dos años siguientes, puedes estar exento del pago del impuesto a las ganancias ocasionales. Esta exención aplica una sola vez por cada contribuyente.
3. Venta a familiares:
La venta de un inmueble a un familiar cercano (cónyuge, hijos, padres, hermanos) puede estar exenta del impuesto a las ganancias ocasionales, siempre que se cumplan ciertas condiciones, como que el precio de venta sea el del mercado y que la propiedad no se revenda a un tercero en un corto plazo.
4. Donación:
Si donas el inmueble a un familiar o a una organización sin fines de lucro, puedes estar exento del pago del impuesto a las ganancias ocasionales. Sin embargo, ten en cuenta que la donación puede generar otros impuestos, como el impuesto de donaciones.
5. Renovación urbana:
Si tu inmueble se encuentra en una zona de renovación urbana, puedes estar exento del pago del impuesto a las ganancias ocasionales si cumples con ciertos requisitos establecidos por la ley.